•  Bienvenido  al Tribunal Electoral

    Bienvenido al Tribunal Electoral

    La promoción del derecho y los procesos electorales democráticos deben entenderse como la defensa de un derecho humano fundamental íntimamente relacionado con otros derechos básicos.




  • Autoridades

    Autoridades

    El Tribunal Electoral se integra con un miembro del Superior Tribunal de Justicia, un Juez letrado, un representante del Ministerio Público, designados por sorteo público a realizarse en la sala de audiencias del Superior Tribunal de Justicia, cada dos años.





  • Provincia del Chaco

    Provincia del Chaco

    A los fines Electorales el Distrito Chaco se divide en Departamentos, Municipios y Circuitos.

    Departamentos

    Municipios

    Circuitos

  • Institucional

    Institucional

    El Tribunal Electoral es un órgano permanente de existencia constitucional con autonomía funcional que ejerce su jurisdicción en todo el territorio de la Provincia.








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Año 2026

 

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Acta N° 12/73

ACTA N° 12 : En la ciudad de Resistencia, a los veintisiete días del mes de marzo de mil novecientos setenta y tres, siendo las ocho horas, en el local provisorio sito en López y Planes 129 de esta ciudad, se reúne el Tribunal Electoral de la Provincia con la presencia de sus integrantes, doctora BELKIS R. G. DE CASTAÑO, doctor JOSE A. RIVELLINI, doctor JORGE A. SABATER, doctor ALBERTO O. DOSSO, actuando como secretaria  la escribana ANA MARIA MERAVIGLIA, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución N°  10 del veintiséis de marzo de mil novecientos setenta y tres. Se hallan presentes también, por el Partido UNION CIVICA RADICAL, la doctora María Luisa Lucas, doctor José Wajsfeld, esribano Eutimio Zaragoza y  señor Osvaldo Guillermo Gómez. Se procede seguidamente a efectuar los cálculos aritméticos para la adjudicación de cargos a Concejales y Miembros de Comisiones de Fomento, conforme a lo establecido por la Ley Provincial N° 1167 y Decreto Provincial N° 2696/72, a cuyo efecto deberá establecerse en primer término en cada Municipio, las listas que hubieran obtenido el 8% del total de los votos válidos emitidos (Art. 8 inc. k) de la Ley 1167.------   Acto seguido se inician las tareas de adjudicación de cargos de acuerdo al orden establecido en la Ley Convocatoria.MUNICIPIO DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA : NUEVE CONCEJALES: De acuerdo al escrutinio definitivo realizado por la Junta Electoral Nacional, del que informan las Actas certificadas remitidas por la misma, han obtenido el 8% (1.566 votos) los siguientes partidos: FRENTE JUSTICIALISTA DE LIBERACION (FREJULI) Y UNION CIVICA RADICAL (U.C.R.), sobre un total de 19.581 votos válidos emitidos. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI  10.880 votos; 2°) FREJULI 5.440; 3°) U.C.R. 5.250 votos 4°) FREJULI 3.626  votos; 5°) FREJULI  2.720; 6°) U.C.R. 2.625; 7°) 2.176; 8° FREJULI 1.813; 9°) U.C.R. 1.750. MUNICIPIO DE GENERAL SAN MARTIN : OCHO CONCEJALES. Sobre un total de 8.393 votos válido, han obtenido el 8% (671 votos) el FREJULI y la  U.C.R. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI   4.414 votos válidos, han obtenido el 8% (671 votos) el FREJULI y la U.C.R. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 4.414 votos; 2°) U.C.R. 3.315; 3°) FREJULI 2.207; 4° ) U.C.R. 1.657; 5°) FREJULI 1.471; 6°)  U.C.R. 1.105; 7°) FREJULI 1.103; 8°) FREJULI 882. MUNICIPIO DE VILLA ANGELA: OCHO CONCEJALES. Sobre un total de 9.994 votos, han obtenido el 8%(799 votos) el FREJULI y la U.C.R. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 6.287 votos; 2°) U.C.R. 3.327; 3°) FREJULI 3.143; 4° FREJULI 2.095; 5°) U.C.R. 1.663; 6° FREJULI 1.571; 7°) FREJULI 1.257; 8° U.C.R.1.109. MUNICIPIO DE CHARATA: SIETE CONCEJALES. Sobre un total de  6.479 votos válidos han obtenido el 8%  (518 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) U.C.R. 3.108 votos; 2°) FREJULI 2.954; 3°) U.C.R. 1.554;  4) FREJULI 1.477; 5°) U.C.R. 1.036; 6°) FREJULI 984; 7°) U.C.R. 777. En este momento se hace presente el señor Antonio Jesús Ramón Bosch del FREJULI. MUNICIPIO DE CAMPO LARGO: SEIS CONCEJALES. Sobre un total de 2.286 votos válidos, han obtenido el 8% (182 votos) el FREJULI y la U.C.R. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 1.705 votos.2°) FREJULI 852; 3°) FREJULI 568; 4°) U.C.R. 477; 5°) FREJULI 426; 6°) FREJULI 341. MUNICIPIO DE CORZUELA: SEIS CONCEJALES. Sobre un total de 2.982 votos válidos, han obtenido el 8% (238 votos) el FREJULI y la U.C.R. Efectuados los cálculos  aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI  2.083 votos; 2°) FREJULI 1.041; 3°) U.C.R. 731; 4°) FREJULI 601; 5°) FREJULI 520; 6°) FREJULI 416. MUNICIPIO DE LA LEONESA: SEIS CONCEJALES. Sobre un total de 2.412 votos válidos han obtenido el 8% (198 votos) la U.C.R., el FREJULI y UNION POPULAR. Efectuados los cálculos aritméticos  se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 1.732 votos; 2°) FREJULI 866; 3°) FREJULI 577; 4°) FREJULI 433; 5°) FREJULI 346; 6°) FREJULI 288. MUNICIPIO DE LAS BREÑAS: SEIS CONCEJALES. SOBRE UN TOTAL de 6.068 votos válidos, han obtenido el 8% (485 votos) el FREJULI y la U.C.R. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 3.501 votos; 2°) U.C.R. 2.327; 3°) FREJULI 1.750 4°) FREJULI  1.167; 5°) U.C.R. 1.163; 6°) FREJULI 875.MUNICIPIO DE LAS PALMAS: SEIS CONCEJALES: Sobre un total de  2.107 votos válidos, han obtenido el 8%  (168) el FREJULI y UNION POPULAR. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°)FREJULI 1.525 votos; 2°) FREJULI 762; 3°) FREJULI 508; 4°) FREJULI 381; 5°) UNION POPULAR 351; 6°) FREJULI 305. MUNICIPIO DE MACHAGAI : SEIS CONCEJALES. Sobre un total de  8.144 votos válidos, han obtenido el 8%  (651 votos) el FREJULI y la U.C.R. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 4.398 votos; 2°) U.C.R. 3.270; 3°) FREJULI 2.199; 4°) U.C.R. 1.635; 5°) FREJULI 1.466; 6°)FREJULI 1.099. MUNICIPIO DE PUERTO TIROL: SEIS CONCEJALES. Sobre un total de 2.475 votos válidos, han obtenido el 8% (198 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 1.546 votos; 2°) FREJULI 773; 3°) U.C.R. 736; 4°) FREJULI 515; 5°) FREJULI 386; 6°) U.C.R. 368. MUNICIPIO DE PUERTO VILELAS: SEIS CONCEJALES. Sobre un total de  1.474 votos válidos han obtenido el 8% (117 votos) la U.C.R., NUEVA FUERZA CONSERVADOR DEL CHACO, SOCIALISTA y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 574 votos; 2°) NUEVA FUERZA 338; 3°) FREULI 287; 4°) FREJULI 191; 5°) CONSERVADOR DEL CHACO 177; 6°) U.C.R. 170. MUNICIPIO DE PRESIDENCIA DE LA PLAZA: SEIS CONCEJALES. Sobre un total de 4.455 votos válidos, han obtenido el 8% (356 votos) la U.C.R., CONSERVADOR DEL CHACO y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 2.232 votos; 2°)U.C.R. 1.630; 3°) FREJULI 1.116; 4°) U.C.R. 815; 5°) FREJULI 744; 6°) FREJULI 558.  MUNICIPIO DE QUITILIPI: SEIS CONCEJALES. Sobre un total de  9.511 votos válidos, han obtenido  el 8% (760 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 5.275 votos; 2°) U.C.R. 2.777; 3°) FREJULI 2.637 4°) FREJULI 1.758; 5°) U.C.R. 1.388; 6°)FREJULI  1.318. MUNICIPIO DE SAN BERNARDO: SEIS CONCEJALES. Sobre un total de 2.603 votos válidos, han obtenido el 8% (208 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°)FREJULI 1.495 votos; 2°) U.C.R. 1.012; 3°) FREJULI 747; 4°) U.C.R. 506 5°)FEJULI 498; 6°) FREJULI 373.  MUNICIPIO DE SANTA SYLVINA: SEIS ONCEJALES. Sobre un total de  2.813 votos válidos, han obtenido el 8% (225 votos) el FREJULI y la U.C.R. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI  1.481 votos; 2°) U.C.R. 1.332; 3°) FREJULI 740; 4°) U.C.R. 666; 5°) FREJULI 493; 6°) U.C.R.  444. MUNICIPIO DE VILLA  BERTHET : SEIS CONCEJALES. Sobre un total  de 3.994 votos válidos han obtenido el 8% (319votos) el FREJULI y la U.C.R.. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 2.190 votos; 2°) U.C.R. 1.669 3°) FREJULI 1.095; 4°) U.C.R. 834; 5°) FREJULI 730; 6°) FREJULI 574. MUNICIPIO DE AVIA TERAI: CINCO MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 1.522  votos válidos, han obtenido el 8% (121 votos) el FREJULI y la U.C.R.. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 1.151 votos; 2°) FREJULI 575; 3°)FREJULI 383; 4°) U.C.R. 343; 5°) FREJULI 287. MUNICIPIO DE COLONIA ELISA: CINCO MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 2.370 votos válidos, han obtenido el 8% (189 votos) el FREJULI y la U.C.R.. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 1.403 votos; 2°) FREJULI 701; 3°) U.C.R. 660; 4°) FREJULI 476; 5) FREJULI 350. MUNICIPIO DE COLONIAS UNIDAS: CINCO MIEMBROS DE FOMENTO.  Sobre un total de 1.232 votos válidos han obtenido el 8% (98 votos)  la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 753 votos; 2°) U.C.R. 386; 3°) FREJULI 376; 4°) FREJULI 251; 5°) U.C.R. 193. MUNICIPIO DE CONCEPCION DEL BERMEJO: CINCO MIEMBROS DE FOMENTO. Sobre un total de 1.204 votos válidos, han obtenido el 8% (96 votos), la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 866 votos; 2°) FREJULI 433; 3°) U.C.R. 338; 4°) FREJULI 288 y 5°) FREJULI 217.- MUNICIPIO DE CORONEL DU GRATY. CINCO MIEMBROS DE COMISION DE  FOMENTO.         Sobre un total de 2.655 votos válidos, han obtenido el 8% (212votos), la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 1.395; 2°) U.C.R. 1.260; 3°) FREJULI 697; 4°) U.C.R. 630 y 5°) FREJULI 465.- MUNICIPIO DE CHARADAI. CINCO MIEMBROS DE COMISION DE  FOMENTO. Sobre un total de 1.452 votos válidos, han obtenido el 8% (116 votos), la U.C.R., CONSERVADOR DEL CHACO y el  FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 725 votos; 2°) U.C.R. 581; 3°) FREJULI 362; 4°) U.C.R. 290 y 5°) FREJULI 241. MUNICIPIO DE HERMOSO CAMPO. CINCO MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 2.042 votos válidos, han obtenido el 8% (163 votos), la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 1.147 votos; 2°) U.C.R. 895; 3°) FREJULI 573; 4°) U.C.R. 447 y 5°) FREJULI 382. MUNICIPIO DE LA ESCONDIDA. CINCO MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 1.252 votos válidos, han obtenido el 8% (100 votos), la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 877 votos; 2°) FREJULI 438; 3°) FREJULI 292; 4°) U.C.R. 225 y 5°) FREJULI 219. MUNICIPIO DE MAKALLE. CINCO MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total  de 1.566 votos válidos, han obtenido el 8% (125 votos), el FREJULI, LA U.C.R. y CONSERVADOR DEL CHACO. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 616 votos; 2°) U.C.R. 549; 3°) CONSERVADOR DEL CHACO 327; 4°) FREJULI 308 y 5°) CONSERVADOR DEL CHACO 274. MUNICIPIO DE MARGARITA BELEN. CINCO MIEMBROS DE COMISIONES DE FOMENTO. Sobre un total de 1.971 votos válidos, han obtenido el 8% (157 votos), LA U.C.R. el FREJULI y UNION POPULAR. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 783 votos; 2°) U.C.R. 684; 3°) FREJULI 391; 4°) U.C.R. 342 y 5)  UNION POPULAR 318. MUNICIPIO DE PAMPA ALMIRON. CINCO MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 654 votos válidos, han obtenido el 8%  (52 votos), el FREJULI y  U.C.R.. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 338 votos; 2°) U.C.R. 313; 3°)FREJULI 169; 4°) U.C.R. 156 y 5°) FREJULI. 112.-  MUNICIPIO DE PAMPA DEL INFIERNO. CINCO MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 2.597 votos válidos, han obtenido el 8% (207 votos), la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 1.724 votos; 2°) FREJULI 862; 3°) U.C.R. 837; 4°) FREJULI 574 y 5°) FREJULI 471. MUNICIPIO DE PUERTO BERMEJO. CINCO MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre  un total de  291 votos, han obtenido el 8% (73 votos) , la U.C.R., CONSERVADOR DEL CHACO, FREJULI e INTRANSIGENTE. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 564; 2°) FREJULI 282; FREJULI 188; 4°)  U.C.R. 144; 5°)  FREJULI 141.  MUNICIPIO DE PRESIDENCIA ROCA. CINCO MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de  1.437 votos válidos, han obtenido el 8% (114 votos)  la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 959 votos; 2°) FREJULI 479; 3°) U.C.R. 406; 4°) FREJULI 319; 5°) FREJULI 239.- MUNICIPIO DE SAMUHU. CINCO MIEMBROS DE COMISION DE  FOMENTO. Sobre un total de 947 votos válidos,    han obtenido el 8% (75 votos) , la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 621 votos; 2°) U.C.R. 323; 3°)FREJULI 310; 4°) FREJULI 207; 5°)U.C.R. 161. MUNICIPIO DE BASAIL. TRES MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 1.548 votos válidos, han obtenido el 8% (123 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos , se obtiene el siguiente orden decreciente : 1°) FREJULI 752 votos; 2°) U.C.R. 706; 3°) FREJULI 376.-MUNICIPIO DE CIERVO PETISO. TRES MIEMBROS DE COISION DE FOMENTO. Sobre un total de 449 votos válidos, han obtenido el 8% (35 votos), la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente; 1°) FREJULI 293 votos; 2°)U.C.R. 156; 3°)FREJULI 146.  MUNICIPIO DE COLONIA BENITEZ. TRES MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 945 votos válidos, han obtenido el 8% (75 votos)  la U.C.R., CONSERVADOR DEL CHACO y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 453; 2° U.C.R. 343; y 3°) FREJULI 226. MUNICIPIO DE COLONIA POPULAR. TRES MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 199 votos válidos, han obtenido el 8% (15 votos), la U.C.R., CONSERVADOR DEL CHACO y FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) CONSERVADOR DEL CHACO 76 votos; 2°) FREJULI 66; 3°) U.C.R. 57. MUNICIPIO DE COTE LAI. TRES MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 700 votos válidos, han obtenido el 8% ( 56 votos), la U.C.R., PARTIDO SOCIALISTA y FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 393 votos; 2°)U.C.R. 225; 3°) FREJULI 196. MUNICIPIO DE ELPINTADO. TRES MIEMBROS  DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 950 votos válidos, han obtenido el 8% (76votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 622 votos; 2°) U.C.R. 328; 3°) FREJULI 311.MUNICIPIO DE ENRIQUE URIEN. TRES MIEMBROS DE  COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 801 votos válidos, han obtenido el 8% (64 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos  aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 497 votos; 2°) U.C.R. 271; 3°)FREJULI 248. MUNICIPIO DE GANCEDO. TRES MIEMBROS  DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 842 votos válidos, han obtenido el 8% (67 votos) el FREJULI y la U.C.R.. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente 1°) FREJULI 516 votos; 2°) U.C.R. 322; 3°) FREJULI 258. MUNICIPIO DE GENERAL CAPDEVILA. TRES MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de  544 votos válidos, han obtenido el 8% (43 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente 1°) FREJULI 367 votos; 2°) FREJULI 183; 3°) U.C.R. 151. MUNICIPIO DE GENERAL VEDIA. TRES MIEMBROS DE  COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 1.711 votos válidos, han obtenido el 8% (136 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 1.170 votos; 2°)FREJULI 585; 3°) FREJULI 390. MUNICIPIO DE LA CLOTILDE. TRES MIEMBROS DE LA COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 1.178 votos válidos, han obtenido el 8% la U.C.R. y el  FREJULI.. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°)FREJULI 645 votos; 2°) U.C.R. 498; 3°) FREJULI 322. MUNICIPIO DE LA EDUVIGIS. TRES MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO .Sobre un total de  1.092 votos válidos, han obtenido el 8% (87 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 777 votos; 2°)FREJULI 388; 3°) U.C.R. 315.  MUNICIPIO DE LAGUNA BLANCA. TRES MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 330 votos válidos, han obtenido el 8% (26 votos) la U.C.R., CONSERVADOR DL CHACO y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 167 votos 2°) CONSERVADOR DEL CHACO 111; 3°) FREJULI 83.- MUNICIPIO DE  LAGUNA LIMPIA. TRES MIEMBROS DE COMISION DE  FOMENTO. Sobre un total de 910 votos válidos, han obtenido el 8% (72 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI  602 votos; 2°)FREJULI 301; 3°) U.C.R. 300. MUNICIPIO DE LAPACHITO. TRES MIEMBROS DE COMISION DE  FOMENTO. Sobre un total de 349 votos válidos han obtenido el 8% (27 votos) la U.C.R., CONSERVADOR DEL CHACO SOCIALISTA y FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°)FREJULI 138 votos; 2°)CONSERVADOR DEL CHACO 113; 3°) FREJULI 69. MUNICIPIO DE LAS GARCITAS. TRES MIEMBROS DE FOMENTO. Sobre un total de 1.680 votos válidos, han obtenido el 8% (134 votos) la U.C.R., CONSERVADOR DEL CHACO y FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 762 votos; 2°) CONSERVADOR DEL CHACO 694; 3°) FREJULI 381. MUNICIPIO DE LA TIGRA.TRES MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de 912  válidos, han obtenido el 8% (72 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 563 votos; 2°) U.C.R. 341; 3°) FREJULI 281. MUNICIPIO DE LA VERDE. TRES MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO.- Sobre un total de 1.210 votos válidos, han obtenido el 8% (96 votos) la U.C.R., PARTIDO SOCIALISTA y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos, se obtiene el siguiente orden decreciente: 1°) FREJULI 589 votos; 2°) FREJULI 294; 3°) SOCIALISTA 230. MUNICIPIO DE NAPENAI. TRES MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO. Sobre un total de  657 votos válidos, han obtenido el 8% (52 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente:1°) U.C.R. 368 votos; 2°) FREJULI 255; 3°) U.C.R. 184.- MUNICIPIO DE PAMPA DEL INDIO.- TRES MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO.- Sobre un total de 2.653 votos válidos, han obtenido el 8% (212 votos) la U.C.R., FREJULI y UNION POPULAR. Efectuados los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1) UNION POPULAR 1.124 votos; 2) FREJULI 1.050; 3) UNION POPULAR 562.- MUNICIPIO DE TACO POZO.- TRES MIEMBROS DE COMISION DE FOMENTO.- Sobre un total de 1.542 votos válidos, han obtenido el 8% (123 votos) la U.C.R. y el FREJULI. Efectuados Los cálculos aritméticos se obtiene el siguiente orden decreciente: 1) FREJULI 1.101 votos;  2) FREJULI 550; 3) U.C.R. 441.- No siendo para más se da por finalizado el acto, firmando los presentes ante mí.- Secretaria, que doy fe. --------------------------------------Fdo: Drc Belkis R. G Castaño-Presidente- Dr. José A. Rivellini –Juez- Dr. Jorge Ernesto Sabater –Juez-; Esc. Ana Maria Meraviglia – Secretaria

Elecciones 1973

 

 

Acta N° 12/73
Acta N° 13/73
Acta N° 14/73
Acta N° 15/73
Acta N° 16/73

Jurisprudencia

Agotamiento Instancia Partidaria - Excepción Alianza Electoral - Decisión de Conformarla
Alianza Electoral Alianza Electoral - Requisitos
Alianza Electoral - Uniones Transitorias Autoridades de Mesas - Registro de Voluntarios
Boletas de Sufragio - Candidatos Suplentes Boletas de Sufragio - Partidos Municipales
Boletas de Sufragio - Partidos Municipales - Recaudos Caducidad - Art. 50 inc. a) Ley 23.298
Caducidad - Art. 50 inc. d) Ley 23.298 Candidatos - Condiciones de Electividad
Candidatos Intendentes y Concejales - Art. 30 inc. c) Ley 4.233 Competencia - Delitos - Etapa de Instrucción
Condiciones de Electividad Intendentes y Concejales - Art. 30 inc. c) Ley 4.233 Confederación - Naturaleza
Confederación - Requisitos
Convocatoria - Plazos - Requisitos
Derecho de Defensa - Expresiones de las partes Escrutinio Provisorio - Medios de Comunicación
Faltas Electorales - No emisión del Voto - Competencia Fiscales - Misión - Escrutinio
Juntas Empadronadoras Electores Extranjeros Justicia Nacional Electoral y Justicia Electoral Provincial - Competencia
Ley Provincial de Cupo Femenino Lista de Candidatos Cargos Electivos Provinciales - Oficialización
Lista de Candidatos - Nominación como Intendente y Concejal - Inelegibilidad e incompatibilidad Lista de Candidatos - Impugnación - Cupo Femenino
Lista de Candidatos - Oficialización Cupo Femenino Lista de Candidatos - Procedimiento Electoral - Proclamación Electos
Lista de Candidatos - Recursos - Condiciones de Admisibilidad Lista de Candidatos - Oficialización - Corrientes Internas
Nombre Partidario Oficialización Listas - Plazos
Partidos Partidos Políticos - Intervención
Partidos Políticos - Reconocimiento Ámbito Municipal Partidos Políticos - Reconocimiento - Ámbito Nacional y Provincial
Partidos Políticos - Reconocimiento - Procedimiento Partidos Políticos - Reconocimiento - Recaudos - Certificación Adhesiones
Partidos Políticos - Símbolos Plazos Electorales
Proceso Electoral Intrapartidario Proceso Político Jurídico - Características
Proceso Político Jurídico - Etapas Postelectorales Proselitismo - Difusión de Encuestas - Prohibición
Recurso de Inconstitucionalidad - Inadmisibilidad Recursos - Denegatoria - Queja
Recursos - Inaplicabilidad - Inadmisibilidad Registro de Candidaturas - Objetos
Registro de Electores Extranjeros - Baja Sistema Democrático y Agrupaciones Políticas
Sistema Electoral Gobernador y Vice-Gobernador - Votos en Blanco Tribunal Electoral
Voto Obligatorio Justificación - Multa
Partidos Políticos - Provinciales y Municipales. Independencia

Decreto 806/09

RESISTENCIA, 04 DE MAYO DE 2009.-

VISTO:

Lo dispuesto en la Ley Nº 23.298 –Régimen de Partidos Políticos y lo establecido en la Ley Nº 3.401 en sus artículos 16º y 17º; y

CONSIDERANDO:

Que el articulo 16º de la Ley Nº 3.401 dispone la creación del Fondo Partidario Permanente con la finalidad de proveer a los partidos políticos reconocidos que actúan dentro del territorio provincial, de los medios económicos que contribuyan a facilitarles el cumplimiento de sus funciones institucionales.

Que la Ley de Presupuesto de la Provincia, con carácter permanente, establece la provisión de las partidas necesarias bajo el rubro Fondo Partidario Permanente.

Que el articulo 1º del Decreto Nº 1269/95  ratificado por los Decretos Nº 1021/97, 1606/99, 908/01, 1490/03, 1881/05 y Nº 1351/07, actualizó el aporte consistente en la suma de pesos uno ($1,00) por cada voto obtenido en la ultima elección para Diputados Provinciales.

Que resulta necesario dictar las normas reglamentarias que posibiliten la aplicación de lo dispuesto por la mencionada legislación.

Que deviene entonces pertinente además, delegar en el Señor Ministro de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo, la atribución de determinar y acordar los aportes correspondientes a cada agrupación política.

Que el presente acto, se dicta en virtud de los deberes previstos en el inciso 3) del articulo 141º de la Constitucion Provincial (1957-1994).

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO

DECRETA:

ARTICULO 1º: Ratificase para el Acto Comicial a realizarse el día 28 de junio de 2009, el aporte establecido en el Articulo 1º del Decreto Nº 1269/95, ratificado a su vez por sus similares Nº 1021/97, 1606/99, 908/01, 1490/03, 1881/05 y 1351/07, consistente en la suma de pesos uno ($1,00) por cada voto obtenido en la ultima elección del día 16 de septiembre de 2007, para la categoría de Diputados Provinciales, de acuerdo a lo expresado en los considerandos del presente Decreto.

ARTICULO 2º: Facultase al señor Ministro de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo para determinar y acordar el aporte por voto obtenido, conforme el monto establecido en el articulo 1º del presente Decreto, a las agrupaciones políticas que participen en las elecciones del día 28 de junio de 2009.

ARTICULO 3º: Los partidos políticos que participaron en las elecciones para Diputados Provinciales de fecha 16 de septiembre de 2007, sin integrar una alianza percibirán la suma de pesos uno ($1,00) por cada voto obtenido en aquella oportunidad de conformidad con lo establecido en el articulo 1º del presente Decreto.

ARTICULO 4º: En el caso de partidos políticos que se hayan presentado a las elecciones para Diputados Provinciales de fecha 16 de septiembre de 2007, conformando una alianza, la distribución de aportes entre los partidos miembros se hará en proporción al numero de afiliados que cada uno tenía al momento de constituirse la alianza, según certificación del Tribunal Electoral Provincial y/o Juzgado Federal con competencia electoral en el distrito, salvo acuerdo partidario en contrario homologado por el Organismo Jurisdiccional Electoral respectivo.

ARTICULO 5º: En el caso de los partidos sin referencia electoral inmediatamente anterior, el subsidio se acordara, tomando como base el número de afiliados que tuviera la agrupación política y en caso de carecer de ellas se calculara dicho adelanto sobre la base del número mínimo de adhesiones requeridas para el reconocimiento de la personería jurídico-política, según lo establecido por el articulo 5º de la Ley Nº 3.401. Conocidos los resultados del escrutinio definitivo, se completará el aporte de dichas agrupaciones políticas, el que surgirá de aplicar el porcentaje de los votos obtenidos en las elecciones del día 28 de junio de 2009, sobre los votos positivos de las elecciones para Diputados Provinciales del año 2007 y a ellos se le deberá restar el adelanto otorgado. Si realizado dicho calculo algún partido percibió un adelanto mayor que el aporte correspondiente, resultará debiendo una suma determinada, por lo que será intimado mediante comunicación oficial fehaciente, a reintegrar la suma que corresponda en un plazo de treinta (30) días corridos a partir de la fecha de la intimación.

ARTICULO 6º: El Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo establecerá oportunamente el Sistema de Avales Políticos y/o contra Cautelas Económicas, a que se refiere el Artículo 20º de la Ley Nº 3.401.

ARTICULO 7º: En las elecciones a realizarse el 28 de junio de 2009, a los partidos que por haber recibido adelanto de aportes destinados a la Campaña Electoral realizada con motivo de la elección para Diputados Provinciales del 16 de septiembre de 2007, y como consecuencia del resultado electoral, hubieran quedado en condición de deudores del Fondo Partidario Permanente se le descontaran las sumas respectivas del aporte correspondiente.

ARTICULO 8º: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Fdo.: Capitanich / Peppo

Publicado Boletin Oficial 20 DE MAYO DE 2009 Ed. 8917.-

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  • Accesibilidad Electoral

¿Qué es la accesibilidad electoral?

Medidas, procedimientos y normativas cuyo fin es promover el pleno e integral acceso de la ciudadanía a las múltiples etapas que constituyen el proceso electoral. Está dirigida a las personas que presentan alguna discapacidad - motriz, sensorial o visual - o limitaciones que interfieren en su desplazamiento, visión, orientación y comunicación.

 

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