Partidos Políticos - Intervención

Impugnada la convocatoria a elecciones internas realizada por el Interventor Partidario, atento que se trata de un acto (la intervención ) producido por un órgano de un partido nacional (el Comité), que incide en forma directa en el partido de distrito- integrante del partido nacional-, afectando a sus autoridades nacionales, a sus afiliados y a sus derechos, el Tribunal Electoral resulta incompetente para entender en la cuestión planteada. La agrupación política de autos es a la vez partido Nacional y de Distrito - cuya competencia corresponde a la Justicia Federal- y con reconocimiento de personería provincial ante este Tribunal Electoral, encontrándose unidos o confundidos, los dos últimos, por obvias razones de orden práctico, en una misma estructura, con iguales autoridades y un misma Carta Orgánica. En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto por la Mesa Directiva del Comité Nacional, según Acta obrante a fs. 190/191 vta., los interesados deberán recurrir ante la vía pertinente.

Acta N° 452 del 20/03/96 –Expte. N° 03/83.-