Acta N° 763/10

ACTA Nº 763: En la ciudad de Resistencia, capital de la Provincia del Chaco, a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre de dos mil diez, se reúne el Tribunal Electoral de la Provincia, bajo la Presidencia del Dr. ALBERTO MARIO MODI, con la presencia de la Señora Juez Dra. GLORIA BEATRIZ ZALAZAR, la Señora Juez Subrogante Dra. GRACIELA GRIFFITH BARRETO y de la Señora Procuradora Fiscal Dra. CARMEN BEATRIZ SCARPIN, asistidos por la Señora Secretaria Autorizante, Dra. SANDRA I. KLEISINGER DE ZARABOZO. Se deja constancia que la Señora Juez Titular Dra. Rosalía Beatriz Zózzoli se encuentra en uso de licencia, razón por la cual se integra el Tribunal con su subrogante legal. Abierto el acto por el Sr. Presidente, CONSIDERARON: Expte.  Nº 04/2010 caratulado: “MUNICIPALIDAD DE FONTANA S/CONVOCATORIA A ELECCIONES PARA INTENDENTE” del registro de este Tribunal Electoral. Que el día 19 de septiembre del corriente año las veinte y veintidós (20:22) horas finalizó la recepción de todas las urnas y demás documentación y a las veinte y treinta (20:30) horas concluyó la entrega de todos los telegramas confeccionados por las autoridades de las mesas habilitadas en la localidad de Fontana para la elección de Intendente que fuera convocada por el Intendente Interino por Resolución Nº 439/2010 y 457/2010. Habiendo vencido el día 21 de septiembre de 2010, a las dieciocho (18:00) horas, el plazo previsto por el art. 104 de la Ley Nº 4.169, para efectuar protestas y reclamos que versen sobre vicios en la constitución y funcionamiento de las mesas receptoras de votos, como así también reclamaciones contra la elección, de acuerdo con lo establecido por el art. 105 de la normativa precedentemente citada; no habiéndose efectuado protesta alguna, con posterioridad a la finalización de los comicios, en mérito a los normado en los arts. 44 incs. g) e i), 106, 107 y concordantes del Código Electoral Provincial, se inició el escrutinio definitivo el 21/09/2010 a las dieciocho y treinta (18:30) horas, conforme surge de las Actas Nº 760/10 y 761/2010. Que dicho escrutinio quedó concluido a las diecinueve y cuarenta (19:40) horas, ateniéndose a las cifras consignadas en las actas de cierre de comicios y Escrutinio Provisional y demás documentación remitidas por las autoridades de mesas, conforme las disposiciones del Capítulo II, Título V, Ley Nº 4.169 y modificatorias, confeccionándose las planillas de escrutinio definitivo correspondientes. Finalizadas las tareas de verificación de los datos que se computarizaron para el resultado final, encontrándose notificados los apoderados de las agrupaciones políticas que participaron en los referidos comicios, de la celebración del Escrutinio Definitivo, no habiéndose efectuado protesta alguna contra el mismo, en la oportunidad prevista por el art. 115 de la Ley Nº 4.169, se entregaron los resultados del Escrutinio Definitivo, cuya planilla obra incorporada al Acta Nº 762/2010. Por todo ello, en mérito a lo normado por el art. 44 inc. h) de la Ley Nº 4.169, ACORDARON1)DECLARAR la validez de los comicios celebrados el 19 de septiembre de 2010, para elegir Intendente de la localidad de Fontana y como resultado del escrutinio definitivo, los consignados en la planilla que obra incorporada al Acta Nº 762 del 22 de septiembre de 2010. 2) TENER como resultado definitivo del escrutinio realizado por este Tribunal Electoral, el que se transcribe a continuación: PARTIDO OBRERO: 281; porcentaje de votos válidos: 1,85%. PARTIDO POPULAR DE LA RECONSTRUCCION: 287; porcentaje de votos válidos: 1,89%. PARTIDO MOVIMIENTO INDEPENDIENTE DE JUBILADOS Y DESOCUPADOS: 80; porcentaje de votos válidos: 0,53%. PARTIDO ACCION CHAQUEÑA: 363; porcentaje de votos válidos: 2,39%. ALIANZA FRENTE CHACO MERECE MAS: 9.007; porcentaje de votos válidos: 59,32%. ALIANZA FRENTE DE TODOS: 4.857; porcentaje de votos válidos: 31,99%. Votos blancos: 112. Votos nulos: 197. Total de votantes: 15.184 (66,82%).3) De Conformidad con lo dispuesto por los arts. 90 incs. 4) y 6) primer párrafo, 93 inc. 2 y 193 de la Constitución de la Provincia del Chaco; arts. 44 inc. i), 116, 118 y 154 de la Ley Nº 4.169, EL TRIBUNAL ELECTORAL, RESUELVE: PROCLAMAR INTENDENTE MUNICIPAL de FONTANA, al Sr. RODAS, ANTONIO JOSE, M.I. Nº 14.404.299, clase 1961, por el período que resta para completar el mandato constitucional, es decir hasta el 10/12/11, conforme al art. 190 de la Constitución de la Provincia del Chaco, 70 in fine de la Ley Nº 4.233 y art. 4º de la Ley Nº 4.332. 4) En virtud de lo normado por el art. 93 inc. 2) de la Carta Magna Provincial y de conformidad con lo normado por los arts. 116 y 118 de la Ley Nº 4.169, ACORDARON: EXPEDIR fotocopia certificada de la presente al electo, COMUNICAR al Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Intendente Interino, Consejo Municipal de Fontana, nucleamientos políticos intervinientes en el acto electoral y OTORGAR el diploma que acredite tal carácter. Asimismo, para su conocimiento, remitir fotocopia certificada de la presente, al Sr. Juez Federal con Competencia Electoral. 5) En mérito a lo previsto por el art. 117 de la Ley Nº 4.169, ACORDARON: DESTRUIR las boletas de  sufragio  escrutadas  y  remitidas dentro de las urnas por las autoridades de mesa. Con lo que no siendo para más se da por finalizado el presente acto, labrándose acta en doble ejemplar de un mismo tenor y efecto, firmando los Señores Jueces y la Señora Procuradora Fiscal, previa íntegra lectura y ratificación, todo por ante mí que doy fe.-